º . Para los efectos del presente decreto, se adoptan las siguientes definiciones generales: Area de influencia : Para los efectos del artículo 15 de la Ley 401 de 1997, es el territorio por el cual atraviesan los gasoductos troncales hasta un límite de diez (10) kilómetros en línea recta perpendicular al gasoducto. CREG : Es la Comisión de Regulación de Energía y Gas. Ecogás: Es la Empresa Colombiana de Gas, creada por la Ley 401 de 1997. Fondo especial : Es el fondo cuenta especial creado por el artículo 15 de la Ley 401 de 1997 con el fin de promover y cofinanciar proyectos dirigidos al desarrollo de infraestructura para el uso de gas natural en los municipios y el sector rural, prioritariamente dentro del área de influencia de los gasoductos troncales, y que tengan el mayor índice de necesidades básicas insatisfechas. Es un fondo cuenta especial de manejo sin personería jurídica, administrado por la Junta Directiva de Ecogas, cuenta en la cual se incorporarán los recursos provenientes de la cuota de fomento del uno y medio por ciento (1.5%) sobre el valor de la tarifa de transporte que se cobre por el gas efectivamente transportado; cuota que será sufragada por todos los remitentes del Sistema Nacional de Transporte de Gas Natural. Gasoducto troncal : Es un gasoducto que transporta grandes volúmenes de gas natural y vincula conexión de los diferentes centros productores con un subsistema de transporte, con una puerta de ciudad, con la conexión de un usuario, con un ramal o con un sistema de distribución. Promoción : Se entenderá por promoción la realización de estudios de prefactibilidad, factibilidad, preinversión, requeridos para determinar la viabilidad técnica y económica de un proyecto. Remitente : Es la persona natural o jurídica con la cual un transportador ha celebrado un contrato para prestar el servicio de transporte de gas natural. Puede ser uno de los siguientes agentes: un productor, un comercializador, un distribuidor o un usuario final clasificado como un gran consumidor. Sistema nacional de transporte de gas natural : Es una red de gasoductos compuesta por sistemas troncales y subsistemas de transporte. Está compuesto por el Sistema de Transporte de Gas Natural de la Costa Atlántica, el Sistema de Transporte de Gas Natural del Centro, el Sistema de Transporte de Gas Natural del Interior, el Sistema de Transporte de Gas Natural del Sur.
Decreto 225 de 2000 →In force
Article 1
Decreto 225 de 2000 · Por el cual se reglamenta el artículo 15 de la Ley 401 de 1997
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.