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Article 46

Si Lo Que Se Propone Nacionalizar Son Productos Elaborados, Confeccionados O Manufacturados Dentro De La Zona Franca, La Aduana Liquidará Los Derechos De Importación Únicamente Sobre Las Materias Primas Extranjeras Utilizadas En Su Elaboración

Decreto 2411 de 1975 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Cartagena

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Si lo que se propone nacionalizar son productos elaborados, confeccionados o manufacturados dentro de la Zona Franca, la Aduana liquidará los derechos de importación únicamente sobre las materias primas extranjeras utilizadas en su elaboración. En igual forma se liquidarán los cargos, gravámenes, depósitos impuestos, y demás contribuciones fiscales establecidas para la importación de tales mercancías, todo conforme a lo dispuesto en la Ley 105 de 1958. Corresponde al Instituto de Comercio Exterior determinar en cada caso, que se entiende por materia prima, según la naturaleza de las respectivas industrias, y la proporción de materia prima extranjera que está sujeta a gravámenes.

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Constitutional history

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