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Article 5

Créase Consejo Nacional De Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente, Como Un Organismo Asesor Del Ministerio De Agricultura, El Cual Estará Integrado De La Siguiente Manera: - El Ministro De Agricultura, O Su Delegado, Quien Lo Presidirá; - El Gerente General Del Instituto Nacional De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente, Inderena; - El Jefe De La Unidad De Estudios Agrarios Del Departamento Nacional De Planeación; - El Director Del Fondo Financiero Forestal; - El Presidente De La Corporación Nacional De Investigación Y Fomento Forestal, Conif; - Dos Representantes De Las Corporaciones Autónomas Regionales, Designados Por El Ministro De Agricultura; - El Director Del Programa De Desarrollo Y Diversificación De Zonas Cafeteras De La Federación Nacional De Cafeteros; - Tres Representantes Escogidos Por El Ministro De Agricultura Entre Las Agremiaciones De Madereros E Industriales De La Madera Y Las Agremiaciones De Productos E Industriales De Pesca, Legalmente Constituidas, De Listas Que Le Suministren Las Agremiaciones Referidas; - Un Representante De La Asociación Nacional De Usuarios Campesinos, Anuc

Decreto 2646 de 1980 · Por el cual se crean unos consejos agropecuarios y se les asignan funciones

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01

Text of the article

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º Créase Consejo Nacional de Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, como un organismo asesor del Ministerio de Agricultura, el cual estará integrado de la siguiente manera: - El Ministro de Agricultura, o su delegado, quien lo presidirá; - El Gerente General del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA; - El Jefe de la Unidad de Estudios Agrarios del Departamento Nacional de Planeación; - El Director del Fondo Financiero Forestal; - El Presidente de la Corporación Nacional de Investigación y Fomento Forestal, CONIF; - Dos representantes de las Corporaciones Autónomas Regionales, designados por el Ministro de Agricultura; - El Director del Programa de Desarrollo y Diversificación de Zonas Cafeteras de la Federación Nacional de Cafeteros; - Tres representantes escogidos por el Ministro de Agricultura entre las agremiaciones de madereros e industriales de la madera y las agremiaciones de productos e industriales de pesca, legalmente constituidas, de listas que le suministren las agremiaciones referidas; - Un representante de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos, ANUC.

02

Constitutional history

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