El Fondo a que se refiere al artículo 9o, de la presente Ley tomará un seguro colectivo para garantizar el pago de salarios y prestaciones sociales del secuestrado.
El Gobierno Nacional reglamentará su funcionamiento.
Ley 282 de 1996 · LEY 282 DE 1996, 06/06/1996, por la cual se dictan medidas tendientes a erradicar algunos delitos contra la libertad personal, especialmente el secuestro y la extorsión, y se expiden otras disposiciones.
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El Fondo a que se refiere al artículo 9o, de la presente Ley tomará un seguro colectivo para garantizar el pago de salarios y prestaciones sociales del secuestrado.
El Gobierno Nacional reglamentará su funcionamiento.
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