Sesiones de la Comisión Mixta Nacional para Asuntos Campesinos. La Comisión Mixta Nacional para Asuntos Campesinos se reunirá de manera ordinaria por lo menos tres (3) veces al año. De acuerdo con la agenda y con el fin de dar cumplimiento a los objetivos establecidos por la Comisión en su plan de trabajo anual, de considerarse necesario por parte de la plenaria, podrán ser convocadas reuniones extraordinarias de manera virtual o presencial. La convocatoria a los miembros de la Comisión, para las reuniones ordinarias, se hará por cualquier medio físico o electrónico, indicando el día, la hora, el lugar y la modalidad de la reunión, mínimo con 10 días de antelación.
Decreto 1066 de 2015 →In force
Article 2.3.4.3.1
Sesiones De La Comisión Mixta Nacional Para Asuntos Campesinos
Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.