°. Declaración y Pago Cuatrimestral del Impuesto sobre las Ventas . Los establecimientos permanentes, diferentes de las sucursales, que una sociedad extranjera o una persona natural sin residencia en Colombia tengan en el país, así como las sociedades y entidades constituidas de acuerdo con leyes extranjeras que tengan su sede efectiva de administración en el territorio colombiano, responsables de este impuesto, cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2013 sean iguales o superiores a quince mil (15.000) UVT pero inferiores a noventa y dos mil (92.000) UVT, deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y pagar de manera cuatrimestral utilizando el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Las declaraciones correspondientes a los períodos enero-abril y mayo-agosto de 2014, se deberán presentar y pagar hasta el 24 de octubre de 2014, cualquiera sea el último dígito del NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario (RUT) (sin tener en cuenta el dígito de verificación). La declaración correspondiente al cuatrimestre septiembre-diciembre deberá presentarse y pagarse en la fecha establecida por el artículo 26 del Decreto número 2972 de 2013 teniendo en cuenta el último dígito del NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario (RUT) (sin tener en cuenta el dígito de verificación).
Decreto 685 de 2014 →In force
Article 4
Declaración Y Pago Cuatrimestral Del Impuesto Sobre Las Ventas
Decreto 685 de 2014 · por el cual se fijan plazos especiales para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de impuestos, anticipos y retenciones en la fuente.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.