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Article 2

Derogado

Ley 22 de 1965 · por el cual se incorpora a la Red Nacional de Carreteras la vía Porcecito-Zaragoza-Caucasia, y se decreta la ampliación, rectificación y pavimentación de otras vías en Antioquia y el Chocó.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Repealed

El Gobierno Nacional por conducto del Ministerio de Obras Públicas, o mediante delegación en las Secretarías de Obras Públicas de Antioquia o del Chocó, según que el trayecto respectivo quede comprendido en uno u otro Departamento, y utilizando las partidas anuales asignadas para la construcción de carreteras al mismo Ministerio, procederá inmediatamente a: a) La ampliación, rectificación y pavimentación de la carretera Medellín - Quibdó, emprendiendo la parte correspondiente a cada uno de estos Departamentos simultáneamente; b) La ampliación y rectificación, si fuere necesaria ésta de las Carreteras en Antioquia, Remolino, Andes, Jardín, y Peñalisa - Pueblo Rico -Jericó, cuyo sostenimiento debe atenderlo por su cuenta la Nación, y c) La construcción de la carretera que partiendo de Santo Domingo y pasando por La Aldea, irá a empalmar en Barbosa con la carretera Medellín - Puerto Berrío, y cuyo sostenimiento correrá también por cuenta de la Nación. Vigente desde: 24/09/1965 y hasta el: 02/03/2021

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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