En las Unidades Regionales funcionará un Comité Técnico constituido por el Jefe de la Unidad Regional, quien lo presidirá, el Coordinador, los Jefes de Sección, los Directores de los hospitales locales, o, en su defecto, los Directores de los centros de salud y por dos representantes del hospital sede.
Article 25
En Las Unidades Regionales Funcionará Un Comité Técnico Constituido Por El Jefe De La Unidad Regional, Quien Lo Presidirá, El Coordinador, Los Jefes De Sección, Los Directores De Los Hospitales Locales, O, En Su Defecto, Los Directores De Los Centros De Salud Y Por Dos Representantes Del Hospital Sede
Decreto 350 de 1975 · Por el cual se determina la organización y funcionamiento de los servicios seccionales de salud y de las unidades regionales
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Constitutional history
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