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Article 3

Los Inspectores Seccionales De Policía Sanitaria Tendrán Jurisdicción En El Departamento Para Donde Han Sido Nombrados, Y Sus Principales Funciones Serán Las Siguientes: A) Iniciar Y Conocer En Primero Instancia De Las Diligencias Por Contravención O Infracción De Las Leyes, Decretos Y Acuerdos Y Resoluciones En Materia De Higiene Y Salubridad Pública; De Las Dictadas Por La Comisión De Especialidades Farmacéuticas Y Por El Ejercicio Ilegal De Las Profesiones De Farmacia, Veterinaria, Enfermería, Etc

Decreto 1483 de 1939 · Por el cual se organiza el servicio de Policía Sanitaria Nacional y se derogan el Decreto 2101 de 1931, los artículos 50, 51, 52, 54 y 55 del Decreto 1099 de 1930 y el 4 del 1931 de 1931

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01

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º Los Inspectores Seccionales de Policía sanitaria tendrán jurisdicción en el Departamento para donde han sido nombrados, y sus principales funciones serán las siguientes

a)

Iniciar y conocer en primero instancia de las diligencias por contravención o infracción de las leyes, decretos y acuerdos y resoluciones en materia de higiene y salubridad pública; de las dictadas por la Comisión de Especialidades farmacéuticas y por el ejercicio ilegal de las profesiones de farmacia, veterinaria, enfermería, etc., y venta de café puro;

b)

Colaborar con los Jefes de los Resguardos del Ministerio de hacienda y Crédito Público, funcionarios de investigación del Órgano Judicial y de la Policía Nacional y Administradores de Aduana y Correos Nacionales, para la vigilancia, control y aplicación de sanciones a los importadores o exportadores clandestinos de drogas heroicas, especialidades farmacéuticas, productos medicinales, jeringuillas y agujas hipodérmicas, sacarina, dulcina, etc., de importación sometida a determinados requisitos legales o de prohibido expendio en el territorial nacional, lo mismo que en las falsificaciones de medicamentos o productos alimenticios.

c)

Inspeccionar las farmacias, droguerías y depósitos de drogas, con el fin de controlar e comercio de estupefacientes y demás medicinas o productos a que se refiere el ordinal anterior; el despacho de fórmulas, como también las casas de salud, lo mismo que las fábricas y establecimientos públicos, sujetos a determinadas condiciones en lo referente a higiene, en todos los cuales practicará visitas periódicas;

d)

Vigilar y hacer cumplir las disposiciones legales a la elaboración y venta de productos alimenticios, bebidas alcohólicas, cervezas, gaseosas, vinos, café y las dictadas por la Comisión de Especialidades Farmacéuticas.

02

Constitutional history

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