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Article 2.2.1.3.22

Requisitos Para Retiro Parcial Para Ahorro Programado O Seguro Educativo

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Requisitos para retiro parcial para ahorro programado o seguro educativo. Para el pago parcial con destino a las entidades que ofrezcan el producto de ahorro programado o el seguro educativo se deberá acreditar ante la respectiva Sociedad Administradora de Fondo de Cesantías los siguientes requisitos

1.

Certificado de existencia y representación de la entidad con la que contrató el ahorro programado o el seguro educativo.

2.

Copia del contrato suscrito y/o póliza de seguro suscrito con la entidad.

3.

Copia de la factura y/o cuenta de cobro o cualquier documento que haga sus ve­ces con destino a la entidad con la cual contrató el ahorro programado o seguro educativo para educación superior según corresponda.

4.

Los registros civiles correspondientes o las declaraciones extrajuicio, según co­rresponda.

5.

Certificado expedido por la autoridad competente que determine los factores físi­cos o psicológicos que originan la situación de dependencia, cuando sea el caso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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