Vigencia del Programa de Enajenación . La vigencia del Programa de Enajenación contenido en el presente decreto será de dos (2) años contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Diario Oficial . El Gobierno Nacional podrá prorrogar el término del Programa de Enajenación hasta por un (1) año más en el evento en que ello sea conveniente para cumplir los propósitos y objetivos del mismo.
Decreto 1515 de 2010 →In force
Article 24
Vigencia Del Programa De Enajenación
Decreto 1515 de 2010 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de las acciones que la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público posee en la Empresa de Energía de Boyacá S. A. ESP Empresa de Servicios Públicos.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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