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Article 8

La Comisión Nacional De Crédito Agropecuario Sesionará Válidamente Con La Mayoría De Los Miembros Que La Integran

Decreto 1313 de 1990 · por el cual se organiza la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, creada por la Ley 16 de 1990, y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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° La Comisión Nacional de Crédito Agropecuario sesionará válidamente con la mayoría de los miembros que la integran. Sus decisiones se tomarán por mayoría de votos, y las mismas se expresarán mediante resoluciones y demás actos administrativos a que hubiere lugar.

Parágrafo 1

De toda reunión de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario se levantará un acta en la cual se dejará constancia de lo tratado en ella. Tanto las actas como las resoluciones y demás actos administrativos serán suscritos por el Presidente y el Secretario de Actas de la Comisión.

Parágrafo 2

La Comisión Nacional de Crédito Agropecuario solamente se ocupará de los asuntos incluidos en la convocatoria a cada sesión. Para decidir sobre los mismos requerirá de documentos técnicos de sustento presentados por los asesores.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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