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Article 18

Subdirección Para La Industria De Comunicaciones

Decreto 1064 de 2020 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

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01

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Subdirección para la Industria de Comunicaciones. Son funciones de la Subdirección para la Industria de Comunicaciones, las siguientes

1.

Proponer políticas y planes para ser adoptados y ejecutados por la industria de comunicaciones, en el marco de las funciones, políticas y planes del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y, una vez sean aproba­dos, hacer seguimiento a su implementación.

2.

Diseñar y administrar los procesos y preparar los actos administrativos relacio­nados con el otorgamiento de licencias, permisos y registros para el uso o explo­tación de los derechos del Estado sobre el espectro radioeléctrico y los servicios de comunicaciones, que correspondan por competencia al Ministerio.

3.

Proponer las condiciones generales de operación y explotación comercial de re­des y servicios que soportan las comunicaciones de competencia del Ministerio.

4.

Diseñar los procedimientos asociados con el otorgamiento de licencias, permisos y registros para el uso o explotación de los derechos del Estado sobre el espectro radioeléctrico y los servicios de comunicaciones.

5.

Estructurar los procedimientos de administración del régimen de contrapresta­ciones y otras actuaciones administrativas que comporten el pago de derechos por la provisión de los servicios de telecomunicaciones.

6.

Adelantar, en coordinación con las dependencias del Ministerio, estudios orien­tados a fortalecer la competencia y competitividad en las industrias del sector TIC.

7.

Promover y desarrollar estrategias dirigidas a mejorar la competitividad de la industria de las comunicaciones en el entorno nacional e internacional.

8.

Preparar, en coordinación con las entidades de regulación, vigilancia y control y con la participación de la industria de las comunicaciones, las intervenciones dirigidas a promover y facilitar la competencia, calidad de servicios, protección de los usuarios y demás objetivos de política pública.

9.

Apoyar la conformación de los títulos ejecutivos necesarios para la ejecución coactiva de las obligaciones generadas por concepto de contraprestaciones y de­rechos a favor del Ministerio, en el marco de su competencia.

10.

Las demás que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

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