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Article 2.2.1.2.1.5

Derogado

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

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01

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Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.1.2.1.5. Recursos del Fondo. El Fondo se financiará con los siguientes recursos:

1.

Los recursos recibidos del contrato de encargo fiduciario suscrito por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para la administración del Fondo Colombiano de Modernización y Desarrollo Tecnológico de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Fomipyme).

2.

Recursos provenientes del presupuesto general de la Nación.

3.

Recursos obtenidos como por aportes o créditos de Organismos Internacionales de Desarrollo, convenios de cooperación internacional, convenios con los entes territoriales, y Transferencias de otras entidades públicas de orden nacional y regional.

Parágrafo 1

Los rendimientos producidos por la inversión de los recursos mencionados serán reinvertidos de acuerdo con las disposiciones que establezca la ley.

Parágrafo 2

Con los recursos señalados se cubrirán todos los servicios, gastos, comisiones de administración bancaria aplicable.y demás costos e impuestos necesarios para la ejecución de las actividades, actos y contratos del Fondo.

Parágrafo 3

Bancoldex cumplirá sus funciones de administrador del Fondo en la medida en que los recursos mencionados en este artículo hayan sido efectivamente recibidos por Bancoldex.

(Decreto 3321 de 2011, artículo 5°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

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