° Corresponde a la Junta creada por el artículo 7° de la Ley 115 de, 1936, que se denominará Junta de Auxilios para la reedificación de Túquerres, determinar la cuantía del auxilio a que tenga derecho cada uno de los damnificados con los movimientos sísmicos ocurridos en dicha ciudad en los años de 1935 y 1936. Esta Junta será presidida por el Gobernador del Departamento de Nariño o por la persona a quien éste delegue sus funciones, y tendrá su residencia en la ciudad de Túquerres.
Article 2
Corresponde A La Junta Creada Por El Artículo 7° De La Ley 115 De, 1936, Que Se Denominará Junta De Auxilios Para La Reedificación De Túquerres, Determinar La Cuantía Del Auxilio A Que Tenga Derecho Cada Uno De Los Damnificados Con Los Movimientos Sísmicos Ocurridos En Dicha Ciudad En Los Años De 1935 Y 1936
Decreto 262 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 115 de 1986, que provee a la reconstrucción de la ciudad de Túquerres, y se auxilian los damnificados por los siniestros sísmicos en el Departamento de Nariño
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