Articulo 52. Por medio de sus actos el Director Ejecutivo podrá dictar normas que faciliten la ejecución de las disposiciones y de los acuerdos del Consejo cuya ejecución le corresponde. Además, sus actos podrán crear situaciones jurídicas, individuales y personales, dentro del campo de su competencia. Los funcionarios inferiores serán competentes para la ejecución de los actos determinados en los Acuerdos del Consejo Directivo que creen sus cargos u los que los adicionen o reformen. VII - Del Secretario General
Decreto 1707 de 1960 →In force
Article 52
Por Medio De Sus Actos El Director Ejecutivo Podrá Dictar Normas Que Faciliten La Ejecución De Las Disposiciones Y De Los Acuerdos Del Consejo Cuya Ejecución Le Corresponde
Decreto 1707 de 1960 · Por el cual se reorganiza la Corporación Autónoma Regional del Cauca
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01
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02
Constitutional history
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