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Article 66

Decreto 1643 de 1991 · por el cual se organiza la Dirección de Impuestos Nacionales como Unidad Administrativa Especial, se establecen su estructura y funciones sus regímenes presupuestal y de contratación administrativa y se dictan otras disposiciones

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01

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Subdirección de Informática. De acuerdo con las políticas e instrucciones del Subdirector General, son funciones de la Subdirección de Informática, para ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes

a)

Coordinar la labor de procesamiento de datos de la Dirección de Impuestos Nacionales, elaborar y aprobar los programas de computador y conceptuar sobre la conveniencia y especificaciones técnicas de los equipos de cómputo a adquirir o arrendar. Este concepto reemplaza el de la Comisión Nacional de Sistemas.

b)

Establecer normas e instrucciones para el procesamiento y control de la información y para las actividades de control de gestión e informática de las Administraciones.

c)

Asesorar, coordinar, controlar y supervisar las actividades de las unidades de informática de las Administraciones de Impuestos.

d)

Señalar especificaciones técnicas para rendir la información solicitada para cruces de información y elaborar los listados de apoyo que requieran otras áreas.

e)

Colaborar con la Subdirección de Recaudación en la administración del Registro Unico Tributario, RUT, y el Sistema de Información Tributaria, SIT.

f)

Establecer normas técnicas sobre los sistemas de archivo y disposiciones de documentos.

g)

Las demás que le asigne el Subdirector General.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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