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Article 4

La Elección A Que Se Refiere Este Decreto Se Hará Por El Sistema De Mayorías, Ante Un Jurado Compuesto De Tres (3) Miembros, Con Sus Respectivos Suplentes Designados Por La Directiva De Cada Centro, Que Estará Asistido En Todo El Acto De La Votación Por El Alcalde Y El Personero Municipales Del Lugar O Representantes De Éstos Debidamente Autorizados

Decreto 1288 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 18 de 1946

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01

Text of the article

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°. La elección a que se refiere este Decreto se hará por el sistema de mayorías, ante un Jurado compuesto de tres (3) miembros, con sus respectivos suplentes designados por la Directiva de cada centro, que estará asistido en todo el acto de la votación por el Alcalde y el Personero Municipales del lugar o representantes de éstos debidamente autorizados. La elección se hará constar en acta suscrita por las personas que intervengan en ella, que debe enviarse original, junto con las papeletas que sirvan para la votación, en pliego sellado y cerrado a la Secretaría General del Ministerio de Guerra.

02

Constitutional history

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