JurídicoESEN

Article 44

Prenda Y Usufructo De Acciones: La Prenda No, Conferirá Al Acreedor Los Derechos Inherentes A La Calidad De Accionista, Sino En Viitud De Estipulación O Pacto Expreso, El Escrito O Documento En Que Conste El Correspondiente Pacto Será Suficiente Para Ejercer Ante La Sociedad Los Derechos Que Se Confieren Al Acreedor, Una Vez Inscrito En El Registro De Accionistas

Decreto 591 de 1977 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, S. A.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Prenda y usufructo de acciones: La prenda no, conferirá al acreedor los derechos inherentes a la calidad de accionista, sino en viitud de estipulación o pacto expreso, El escrito o documento en que conste el correspondiente pacto será suficiente para ejercer ante la Sociedad los derechos que se confieren al acreedor, una vez inscrito en el Registro de Accionistas. En el mismo registro se inscribirá el usufructo de acciones, el que, salvo estipulación en contrarío, conferirá al usufructuario todas los derechos inherentes a la calidad de accionista, excepto el de enajenarías y el de su reembolso al tiempo de la liquidación. La anticresis de acciones se perfeccionara como la prenda y el usufructo y sólo conferirá al acreedor el derecho de percibir las utilidades que correspondan a dichas acciones a título de dividendo, salvo estipulación en contrario.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 591 de 1977