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Article 6

Corresponde Al Consejo Para La Reposición De Equipos, Realizar Las Siguientes Actividades: A) Asesorar A La Corporación Financiera Del Transporte En La Formulación Y Ejecución De Planes Y Programas En Materia De Reposición De Equipos De Servicio Público; B) Evaluar Y Sugerir Las Alternativas Que Sean Susceptibles De Incluirse En Los Diversos Planes Y Programas De La Reposición; C) Proponer Las Diversas Alternativas De Financiamiento Para Los Programas De Reposición; D) Conceptuar Sobre Los Demás, Aspectos Que Someta A Su Consideración La Corporación Financiera Del Transporte En Relación Con Los Programas De Reposición

Decreto 2730 de 1984 · Por el cual se adoptan medidas para la reposición de los vehículos de servicio público

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01

Text of the article

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º Corresponde al Consejo para la Reposición de Equipos, realizar las siguientes actividades

a)

Asesorar a la Corporación Financiera del Transporte en la formulación y ejecución de planes y programas en materia de reposición de equipos de servicio público;

b)

Evaluar y sugerir las alternativas que sean susceptibles de incluirse en los diversos planes y programas de la reposición;

c)

Proponer las diversas alternativas de financiamiento para los programas de reposición;

d)

Conceptuar sobre los demás, aspectos que someta a su consideración la Corporación Financiera del Transporte en relación con los programas de reposición.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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