°. Forma de pago . El valor arrojado por el modelo de valoración se reflejará en el contrato interadministrativo o en el acta de entrega que se suscriba para la adquisición, y será girado: i) Al Tesoro Nacional, en el caso de las entidades que hacen parte del presupuesto nacional; y ii) Directamente a los patrimonios autónomos de remanentes y entidades pertenecientes al sector descentralizado del nivel nacional cobijados por lo dispuesto en el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011, así como los fondos especiales cuya ley de creación incluyan ingresos de capital por venta de bienes propios de las entidades a la que están adscritos como fuente de recursos. En ambos casos el pago se realizará dentro de los tres años siguientes a la suscripción del contrato o a la firma del acta de entrega, según sea el caso, de acuerdo con las condiciones establecidas en el mismo. TÍTULO IV TRANSFERENCIA DE INMUEBLES A CISA
Decreto 47 de 2014 →In force
Article 7
Forma De Pago
Decreto 47 de 2014 · por el cual se reglamentan el artículo 8° de la Ley 708 de 2001, el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011 y se dictan otras disposiciones en materia de gestión de activos públicos.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.