Los especialistas egresados del Instituto Superior de Educación Rural y de la Escuela Superior de Orientación Rural Femenina, o que tengan títulos reconocidos por el Gobierno iguales a los que estas instituciones expiden, tendrán derecho a ingresar a la cuarta categoría del Escalafón de Educación Secundaria, y sus ascensos se regirán por las normas correspondientes a los profesores de que trata el artículo 4° del decreto número 30 de 1948, en el ordinal b) de la primera categoría.
Article 75
Los Especialistas Egresados Del Instituto Superior De Educación Rural Y De La Escuela Superior De Orientación Rural Femenina, O Que Tengan Títulos Reconocidos Por El Gobierno Iguales A Los Que Estas Instituciones Expiden, Tendrán Derecho A Ingresar A La Cuarta Categoría Del Escalafón De Educación Secundaria, Y Sus Ascensos Se Regirán Por Las Normas Correspondientes A Los Profesores De Que Trata El Artículo 4° Del Decreto Número 30 De 1948, En El Ordinal B) De La Primera Categoría
Decreto 1928 de 1963 · por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 2365 de1956, sobre el Instituto Superior de educación Rural de Pamplona (Norte Santander), y se dictan otras disposiciones.
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