° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial , requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según Ley 78 de 1989. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 2 de marzo de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público ad hoc, Hector Cadena Clavijo.
Article 3
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial , Requisito Que Se Entiende Cumplido Con La Orden Impartida Por El Director General De Crédito Público Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Según Ley 78 De 1989
Decreto 378 de 1992 · por el cual se concede una autorización para gestionar por parte del Gobierno Nacional la contratación de créditos externos hasta por la suma de US $ 99.000.000 de los Estados Unidos de América.
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