Los soldados, auxiliares bachilleres que presten el servicio militar obligatorio en la Policía Nacional y Grumetes de las Fuerzas Militares tendrán la siguientes bonificación mensual: para gastos personales veintisiete mil quinientos cincuenta pesos ($27.550) moneda corriente. Los soldados del Batallón Guardia Presidencial y de los Batallones de Policía Militar que hayan terminado el curso básico de esta especialidad tendrán una bonificación mensual adicional de cuatro mil trescientos sesenta y seis pesos ($4.366) moneda corriente. Los Dragoneantes de las Fuerzas Militares percibirán once mil noventa y dos pesos ($11.092.oo) moneda corriente, como bonificación adicional.
Article 12
Decreto 122 de 1997 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional, personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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Constitutional history
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