Documentos de soporte sobre la capacidad jurídica . En el caso de las personas naturales y jurídicas inscritas en el registro mercantil o aquellas inscritas en el registro de las entidades sin ánimo de lucro, para la verificación de la información sobre la capacidad jurídica prevista en los numerales 1, 3 y 6 del artículo 10 del presente decreto, las Cámaras de Comercio recurrirán únicamente a la información existente de dichos registros según sea el caso. Las personas jurídicas nacionales no inscritas en el registro mercantil ni en el de entidades sin ánimo de lucro, deberán adjuntar el certificado sobre su existencia, representación legal y duración, o documento equivalente, emitido por la autoridad competente, con fecha de expedición no superior a dos (2) meses de antelación a la fecha de solicitud del trámite correspondiente en el registro de proponentes. Las personas naturales no inscritas como comerciantes deberán adjuntar copia de su documento de identidad y acreditar su inscripción en el Registro Unico Tributario. En todo caso los inscritos deberán adjuntar el Registro Unico Tributario.
Decreto 4881 de 2008 →In force
Article 17
Decreto 4881 de 2008 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1150 de 2007 en relación con la verificación de las condiciones de los proponentes y su acreditación para el Registro Unico de Proponentes a cargo de las Cámaras de Comercio y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.