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Article 8

El Artículo 38 Del Decreto 1471 De 1986 Quedará Así: “artículo 38

Decreto 1823 de 1990 · por el cual se desarrollan los artículos 9° y 36 de la Ley 109 de 1985 y se subrogan los artículos 38, 42 y 43 del Decreto 1471 de 1986.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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° El artículo 38 del Decreto 1471 de 1986 quedará así: “Artículo 38. La importación de bienes elaborados en las Zonas Francas Industriales con destino al resto del territorio aduanero nacional, se someterá a la política general de importaciones, dentro de la cual, las empresas industriales instaladas en Zonas Francas podrán beneficiarse del programa de liberación del Pacto Subregional Andino, siempre que se sometan al ordenamiento jurídico de la Comisión del Acuerdo de Cartagena sobre la materia, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 109 de 1985.

Parágrafo

Corresponde al Instituto Colombiano de Comercio Exterior -Incomex- expedir los certificados de origen a las empresas instaladas en Zonas Francas que pretendan beneficiarse del programa de liberación señalado en el presente artículo”.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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