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Article 5

Para Los Exportadores A Quienes Conforme Al Artículo 1° Les Sea Aplicable El Presente Decreto, Que Estén Obligados Al Régimen De Precios De Transferencia, Sus Ingresos Por Ventas De Minerales A Vinculados Económicos O Partes Relacionadas Residentes O Domiciliadas En El Exterior Y/O Paraísos Fiscales Serán Los Que Resulten De La Aplicación Del Precio Fijado Por El Ministerio De Minas Y Energía De Conformidad Con Lo Dispuesto En Este Decreto

Decreto 1697 de 2007 · por el cual se reglamenta el artículo 16 de la Ley 1111 de 2006 y se establecen otras disposiciones.

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01

Text of the article

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°. Para los exportadores a quienes conforme al artículo 1° les sea aplicable el presente decreto, que estén obligados al régimen de precios de transferencia, sus ingresos por ventas de minerales a vinculados económicos o partes relacionadas residentes o domiciliadas en el exterior y/o paraísos fiscales serán los que resulten de la aplicación del precio fijado por el Ministerio de Minas y Energía de conformidad con lo dispuesto en este decreto.

02

Constitutional history

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