Las autoridades nominadoras de las entidades nacionales y territoriales a las cuales se les aplica la Ley 443 de 1998 estarán sujetas a la imposición de las siguientes sanciones, por parte de la Comisión Nacional del Servicio Civil, cuando se les compruebe que han violado las normas legales y reglamentarias que regulan la carrera administrativa o han inobservado las órdenes e instrucciones impartidas por las Comisiones del Servicio Civil
Multas a favor del Tesoro Nacional en cuantía no menor de dos (2) salarios mínimos ni mayor de veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes a la ejecutoria de la decisión que las imponga, las cuales se impondrán de acuerdo con la asignación básica mensual del infractor.
Llamados de atención e instrucciones de obligatoria aplicación para que se adopten los correctivos del caso.