JurídicoESEN

Article 4

Quienes Se Hallen Escalafonados En Carrera En Los Cargos De Registrador Municipal O Auxiliar, Podrán Ser Retirados Temporalmente Del Servicio O Trasladados A Otros Cargos

Decreto 1487 de 1986 · por el cual se dicta el Estatuto de Personal aplicable a los servidores de la organización electoral.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Quienes se hallen escalafonados en carrera en los cargos de Registrador Municipal o Auxiliar, podrán ser retirados temporalmente del servicio o trasladados a otros cargos. El retiro o el traslado lo dispondrá el Registrador Nacional. En ambos casos, la decisión es discrecional y no deberá motivarse. El retiro o el traslado no podrán durar más de seis (6) meses y sólo podrán decretarse dentro de los cuatro (4) meses anteriores y los dos (2) posteriores a la realización de cada una de las elecciones que la Constitución y las leyes ordenen celebrar. Al vencimiento de los dos (2) meses siguientes a las elecciones terminarán el retiro o traslado dispuestos y el Registrador deberá ser reintegrado al empleo del cual es titular o trasladado permanente a otro de igual categoría.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1487 de 1986