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Article 3

Ley 165 de 1948 · Por la cual se promueve la organización de una empresa colombiana de petróleos y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La suma del aporte de la Nación, más el de los particulares colombianos, deberá cubrir por lo menos el 51% de las acciones de la empresa.

El Gobierno al reglamentar esta Ley determinará el aporte mínimo indispensable de las personas naturales o jurídicas privadas para tener representación en la Junta Directiva de la Empresa, y dictará las medidas conducentes a garantizar la estabilidad de los trabajadores colombianos experimentados en la industria del petróleo, teniendo en cuenta no sólo sus aptitudes profesionales sino el mayor tiempo de servicio en la Concesión que revierte al Estado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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