JurídicoESEN

Article 20

Sanción Económica

Ley 2268 de 2022 · por medio de la cual se expiden normas para garantizar beneficios sociales focalizados a los pescadores artesanales comerciales y de subsistencia.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Cualquier pescador artesanal o de subsistencia, que sea sorprendido por alguna de las autoridades competentes, violando los espacios y tiempos de vedas, artes y/o métodos de pesca y la talla mínima de captura de las especies con intención y fines de comercialización, será sancionado conforme al procedimiento consagrado en el artículo 7° de en la Ley 1851 de 2017 y demás normas que regulen la materia.

Parágrafo 1

La nave o artefacto naval . en el que se realice la actividad pesquera en zonas y tiempo de veda, sin distingo del pabellón que enarbole, será inmovilizado junto con todos los equipos de pesca hasta que se pague la sanción económica impuesta y se cumplan con las demás sanciones señaladas por la Ley.

Parágrafo 2

El Gobierno nacional establecerá cuál será la autoridad competente para ordenar la mencionada inmovilización, los aspectos operativos para hacerla efectiva y la disposición final de las naves en caso de que no cumpla con lo establecido en el parágrafo anterior.

Parágrafo 3

Las sanciones establecidas serán aplicables para el comercializador que venda por debajo de la talla mínima y productos en tiempo de veda.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 2268 de 2022