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Article 16

Adiciónese El Siguiente Artículo A La Resolución 400 De 1995, Expedida Por La Sala General De La Superintendencia De Valores: Artículo 1

Decreto 2893 de 2007 · por el cual se regulan las Cámaras de Riesgo Central de Contraparte y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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Adiciónese el siguiente artículo a la Resolución 400 de 1995, expedida por la Sala General de la Superintendencia de Valores: Artículo 1.1.2.10.1. Inscripción de contratos de derivados financieros . Los contratos de derivados financieros, tales como los contratos de futuros, de opciones y de permuta financiera, a que se refiere el

Parágrafo 3

del artículo 2° de la Ley 964 de 2005, quedarán inscritos automáticamente en el RNVE una vez se apruebe por la Superintendencia Financiera de Colombia el reglamento del sistema de negociación en el cual se vayan a negociar. Los contratos y derivados que tengan como subyacente energía eléctrica o gas combustible, a que se refiere el

Parágrafo 4

del artículo 2° de la Ley 964 de 2005, quedarán inscritos automáticamente en el RNVE una vez se apruebe por la Superintendencia Financiera de Colombia el reglamento del sistema de negociación en el cual se vayan a negociar, siempre y cuando la Comisión de Regulación de Energía y Gas se haya pronunciado previamente.

Parágrafo

La inscripción en el RNVE de los contratos de derivados a que se refiere el presente artículo no dará lugar al envío de la información a que alude la Sección III del Capítulo Segundo, del Título Primero, de la Parte Primera, de la presente resolución”.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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