DE LA RESPONSABILIDAD. Los titulares de licencia y registros sanitarios serán responsables de la veracidad de la información y del cumplimiento de las normas sanitarias que sirvieron de fundamento para la expedición del acto administrativo que los otorgó. El productor y el reempacador de sal para consumo humano deberán cumplir en todo momento las normas técnico sanitarias, las condiciones de producción y de control de calidad exigidas, bajo esta presunción se concede la licencia o registro sanitario. En consecuencia cualquier transgresión de la norma o de las condiciones establecidas y los efectos que estos tengan sobre la salud de la población, serán responsabilidad del productor y del reempacador, titular respectivo.
Decreto 724 de 1994 →In force
Article 17
Decreto 724 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente el Título de la Ley 09 de 1979, en cuanto a la expedición de licencias y registros sanitarios, protección, empaque, comercialización y control de la sal para consumo humano y se dictan otras disposiciones sobre la materia
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.