En las averiguaciones disciplinarias de carácter administrativo que se adelantan en la ProcuraduríaGeneral de la Nación servirán como medios de prueba las declaraciones juramentadas, las visitas especiales, los documentos, los indicios, los informes técnicos o científicos y cualesquiera otros que sean legalmente útiles para la formación del convencimiento del funcionario competente acatando para su práctica las disposiciones ya previstas en otros códigos, las que regulen medios semejantes o el prudente juicio del funcionario.
Article 11
En Las Averiguaciones Disciplinarias De Carácter Administrativo Que Se Adelantan En La Procuraduríageneral De La Nación Servirán Como Medios De Prueba Las Declaraciones Juramentadas, Las Visitas Especiales, Los Documentos, Los Indicios, Los Informes Técnicos O Científicos Y Cualesquiera Otros Que Sean Legalmente Útiles Para La Formación Del Convencimiento Del Funcionario Competente Acatando Para Su Práctica Las Disposiciones Ya Previstas En Otros Códigos, Las Que Regulen Medios Semejantes O El Prudente Juicio Del Funcionario
Decreto 3404 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 25 de 1974, 83 de 1926 y los Decretos 2898 de 1953 y 521 de 1971
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