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Article 1

Nómbrese Como Ministro De Vivienda, Ciudad Y Territorio Ad Hoc Al Doctor Federico Rengifo Vélez, Ministro De Minas Y Energía, Para Que Conozca Y Decida Todos Los Asuntos Que Por Competencia Deban Ser Resueltos Por El Ministerio De Vivienda, Ciudad Y Territorio Y Que Estén Relacionados Directa O Indirectamente Con La Empresa Generadora Y Comercializadora De Energía Emgesa S

Decreto 2034 de 2012 · por el cual se designa Ministro de Vivienda Ciudad y Territorio ad hoc

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Text of the article

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°. Nómbrese como Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio ad hoc al doctor Federico Rengifo Vélez, Ministro de Minas y Energía, para que conozca y decida todos los asuntos que por competencia deban ser resueltos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y que estén relacionados directa o indirectamente con la empresa generadora y comercializadora de energía Emgesa S. A. ESP particularmente en lo que tiene que ver con la ejecución del proyecto denominado "Construcción de la Estación Elevadora de Aguas Residuales de Canoas para el Distrito Capital de Bogotá", el cual cuenta con apoyo financiero del Ministerio, por conducto del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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