°. Modifícase el artículo 22 del Decreto 4836 de 2010, el cual queda así: "Artículo 22. Plazos para presentar las declaraciones individual y/o consolidada de precios de transferencia. Por el año gravable 2010, deberán presentar las declaraciones informativas de que trata el artículo 260-8 del Estatuto Tributario, los contribuyentes que celebren operaciones con vinculados económicos o partes relacionadas, domiciliados o residentes en el exterior y/o en paraísos fiscales, en el formulario que para tal efecto señale la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. La declaración informativa individual de precios de transferencia, se presentará en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, atendiendo al último dígito del NIT del declarante que conste en el certificado del registro único tributario, sin el dígito de verificación, teniendo en cuenta para tal efecto los plazos establecidos a continuación: Si el último dígito es Hasta el día 1 9 de agosto de 2011 2 10 de agosto de 2011 3 11 de agosto de 2011 4 12 de agosto de 2011 5 16 de agosto de 2011 6 17 de agosto de 2011 7 18 de agosto de 2011 8 19 de agosto de 2011 9 22 de agosto de 2011 0 23 de agosto de 2011 El formulario de la declaración informativa consolidada de precios de transferencia, se presentará en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, atendiendo al último dígito del NIT del declarante que conste en el certificado del registro único tributario, sin el dígito de verificación, teniendo en cuenta para tal efecto los plazos establecidos a continuación: Si el último dígito es Hasta el día 1, 2, 3, 4 o 5 25 de agosto de 2011 6,7, 8, 9 o 0 26 de agosto de 2011
Decreto 2350 de 2011 →In force
Article 1
Modifícase El Artículo 22 Del Decreto 4836 De 2010, El Cual Queda Así: "artículo 22
Decreto 2350 de 2011 · por el cual se modifica el artículo 22 del Decreto 4836 de 2010.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.