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Article 2

El Empleo De Director General De Unidad Administrativa Especial De La Agencia Nacional Del Espectro (Ane) Tendrá Derecho A Percibir Prima Técnica, Sin Carácter Salarial, Equivalente Al Cincuenta Por Ciento (50%) De Su Respectiva Asignación Básica Mensual, En Los Mismos Términos Y Condiciones Señalados En El Decreto 1624 De 1991 Y Demás Disposiciones Que Lo Modifiquen O Adicionen

Decreto 95 de 2010 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial.

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01

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°. El empleo de Director General de Unidad Administrativa Especial de la Agencia Nacional del Espectro (ANE) tendrá derecho a percibir prima técnica, sin carácter salarial, equivalente al cincuenta por ciento (50%) de su respectiva asignación básica mensual, en los mismos términos y condiciones señalados en el Decreto 1624 de 1991 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen. El Director General de Unidad Administrativa Especial de la Agencia Nacional del Espectro (ANE) podrá optar por la prima técnica por estudios de formación avanzada y experiencia altamente calificada, en los mismos términos y condiciones señalados en los Decretos 2164 de 1991, 1336 de 2003, 2177 de 2006 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan. El cambio surtirá efecto una vez se expida por la autoridad competente el acto administrativo correspondiente.

02

Constitutional history

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