° Los empleados y exfuncionarios del Ministerio de Obras Públicas y Transporte y del Instituto Nacional de Transporte y Tránsito, que sean retirados de las entidades con motivo de la supresión de cargos y de la liquidación del Intra, ordenada mediante el Decreto número 2171 de diciembre 30 de 1992, y constituyan empresas de transporte público municipal colectivo de pasajeros y/o mixto y/o por carretera; para los efectos de la obtención de la correspondiente licencia de funcionamiento, deberán someterse exclusivamente a las disposiciones del presente Decreto.
Article 1
Los Empleados Y Exfuncionarios Del Ministerio De Obras Públicas Y Transporte Y Del Instituto Nacional De Transporte Y Tránsito, Que Sean Retirados De Las Entidades Con Motivo De La Supresión De Cargos Y De La Liquidación Del Intra, Ordenada Mediante El Decreto Número 2171 De Diciembre 30 De 1992, Y Constituyan Empresas De Transporte Público Municipal Colectivo De Pasajeros Y/O Mixto Y/O Por Carretera; Para Los Efectos De La Obtención De La Correspondiente Licencia De Funcionamiento, Deberán Someterse Exclusivamente A Las Disposiciones Del Presente Decreto
Decreto 2357 de 1993 · por el cual se establecen requisitos para la obtención de la licencia de funcionamiento de las empresas de transporte que creen los empleados y exfuncionarios del Ministerio de Obras Públicas y Transporte y del Intra.
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