Si las reservas de caja correspondientes al año fiscal de 1986 no hubieren sido ejecutadas el 31 de diciembre de 1987, el delegado de presupuesto y los pagadores del organismo harán que los dineros respectivos sean reintegrados a la Tesorería General de la República antes del 30 de enero de 1988.
De las Divisiones Delegadas de-Presupuesto.