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Article 68

Son Funciones Del Grupo De Importaciones: A) Ejecutar Las Operaciones De Comprobación En Los Regímenes Aduaneros De Importación Referentes A: 1

Decreto 1644 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

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ARTICULO 68. Son funciones del Grupo de Importaciones: a) Ejecutar las operaciones de comprobación en los regímenes aduaneros de importación referentes a

1.

Recibir las mercancías puestas bajo la potestad aduanera.

2.

Recibir y tramitar la declaración de mercancías en los regímenes aduaneros de importación, tránsito y almacenamiento.

3.

Verificar que la declaración cumpla los requisitos documentales establecidos según sea el caso.

4.

Aceptar o rechazar la declaración de mercancías y llevar el control sobre las declaraciones aceptadas o rechazadas; b) Ejecutar las operaciones de liquidación en los regímenes aduaneros cuando corresponda, referente a: 1. Liquidar los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, multas, recargos y demás gravámenes que deban aplicarse a los regímenes aduaneros de importación; y liquidar el monto de las garantías que deban constituirse, corresponda. 2. Elaborar los documentos de pago y hacer los registros u operaciones que se requieran para el control y seguridad de la operación. 3. Realizar las verificaciones documentales que sean del caso para determinar el correcto recaudo de los derechos; c) Controlar el almacenamiento y entrega de mercancías en proceso de despacho en lo pertinente a: 1. Responder por la correcta entrega de las mercancías cuando legalmente corresponda. 2. Realizar las labores de finalización de los regímenes aduaneros de importación, efectuando las conciliaciones del caso. 3. Controlar y responder por las mercancías que se encuentren bajo la jurisdicción de la Jefatura Regional de Aduana e informar regularmente al Jefe Regional de Aduana sobre la situación de las mercancías en bodega y realizar su inventario. 4. Responder por la oportuna información sobre las mercancías que deban declararse en abandono a favor de la Nación y proyectar los actos correspondientes para decisión del Jefe Regional de Aduana; d) Efectuar las operaciones relativas a los regímenes aduaneros que requieran y dispongan de autorización previa de la Dirección General de Aduanas.

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