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Article 24

Son Funciones De La Sección Legal De Desarrollo Comunitario Las Siguientes: A) Asesorar Jurídicamente Al Director General De Integración Y Desarrollo De La Comunidad Y A Sus Dependencias En El Ejercicio De Sus Funciones; B) Estudiar Las Solicitudes Sobre Otorgamiento, Suspensión Y Cancelación De Personerías Jurídicas, Así Como La Aprobación, Revisión Y Control De Las Actuaciones De Las Organizaciones De Competencia De La Dirección Y Preparar Los Actos Administrativos Correspondientes; C) Vigilar El Cumplimiento De Las Normas Legales Y Reglamentarias A Cargo De Las Instancias Seccionales Del Sector Público De Gobierno Y Alcaldía Mayor De Santa Fe De Bogotá, Sobre Los Organismos De Primero Y Segundo Grado; D) Elaborar Conceptos Jurídicos, Minutas, Contratos Y Convenios Sobre Los Asuntos A Cargo De La Dirección General De Integración Y Desarrollo De La Comunidad; E) Diseñar El Material De Formación Jurídica En Materia De Organización De La Comunidad, Democracia Participativa Y Dictar Los Cursos Correspondientes; F) Absolver Las Consultas Que Le Sean Formuladas Por Las Asociaciones Cívicas Y Por Los Funcionarios Que Trabajen Con Este Sector; G) Elaborar Los Proyectos De Ley, Decretos O Resoluciones Indispensables En Los Procesos Organizativos De La Comunidad Para Facilitar La Participación Ciudadana En La Vida Y Organización Social Y Política De La Nación O Los Que Le Solicite El Director; H) Coordinar Las Acciones De Inspección, Vigilancia Y Control De Las Asociaciones Cívicas Que Estén Tuteladas Por El Ministerio De Gobierno, Excepto Las Indígenas Y Las De Propiedad Intelectual Y Prensa; I) Asesorar Jurídicamente A Las Entidades Territoriales; J)

Decreto 2035 de 1991 · por el cual se establece la estructura Interna del Ministerio de Gobierno, se determinan sus funciones y se dictan unas disposiciones complementarias al efecto.

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Text of the article

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Son funciones de la Sección Legal de Desarrollo Comunitario las siguientes

a)

Asesorar jurídicamente al Director General de Integración y Desarrollo de la Comunidad y a sus dependencias en el ejercicio de sus funciones;

b)

Estudiar las solicitudes sobre otorgamiento, suspensión y cancelación de personerías jurídicas, así como la aprobación, revisión y control de las actuaciones de las organizaciones de competencia de la Dirección y preparar los actos administrativos correspondientes;

c)

Vigilar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias a cargo de las instancias seccionales del sector público de Gobierno y Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, sobre los organismos de primero y segundo grado;

d)

Elaborar conceptos jurídicos, minutas, contratos y convenios sobre los asuntos a cargo de la Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad;

e)

Diseñar el material de formación jurídica en materia de organización de la comunidad, democracia participativa y dictar los cursos correspondientes;

f)

Absolver las consultas que le sean formuladas por las asociaciones cívicas y por los funcionarios que trabajen con este sector;

g)

Elaborar los proyectos de ley, decretos o resoluciones indispensables en los procesos organizativos de la comunidad para facilitar la participación ciudadana en la vida y organización social y política de la Nación o los que le solicite el Director;

h)

Coordinar las acciones de inspección, vigilancia y control de las asociaciones cívicas que estén tuteladas por el Ministerio de Gobierno, excepto las indígenas y las de propiedad intelectual y prensa;

i)

Asesorar jurídicamente a las entidades territoriales; j). Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del área. Promotorías para el Desarrollo Comunitario.

02

Constitutional history

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