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Article 1

Los Empleados Del Instituto Nacional De Fomento Municipal -Insfopal- Que En Aplicación Del Decreto Extraordinario 77 De 1987 Y Sus Normas Reglamentarias Sean Incorporados A Otros Organismos De La Administración Pública, En Cargos A Los Cuales Corresponda Una Asignación Básica Mensual Inferior A La Que Vienen Percibiendo, Continuarán Con Tal Remuneración Superior Hasta Cuando Obtengan Una Mayor Remuneración Por Cambio De Empleo O Se Retiren Del Servicio

Decreto 21 de 1989 · Por el cual se dictan normas en materia salarial para los servidores del Instituto Nacional de Fomento Municipal -INSFOPAL-

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. Los empleados del Instituto Nacional de Fomento Municipal -INSFOPAL- que en aplicación del Decreto Extraordinario 77 de 1987 y sus normas reglamentarias sean incorporados a otros organismos de la administración pública, en cargos a los cuales corresponda una asignación básica mensual inferior a la que vienen percibiendo, continuarán con tal remuneración superior hasta cuando obtengan una mayor remuneración por cambio de empleo o se retiren del servicio. El empleado tendrá derecho a percibir los aumentos que se determinen para el empleo en que sea incorporado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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