JurídicoESEN

Article 5

º

Decreto 1602 de 1996 · por el cual se reglamenta la dirección, el funcionamiento y la administración del Fondo Nacional Ambiental - Fonam-.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. De la Composición del Consejo Nacional Asesor del Fonam. El Consejo Nacional Asesor estará compuesto por: El Ministro del Medio Ambiente, el Director del DNP, el Director del Ecofondo o sus respectivos delegados; un (1) representante de los gobernadores elegido por la Confederación de Gobernadores, un (1) representante de los alcaldes elegido por la Federación Nacional de Municipios, un representante de la Academia, elegido por la Asociación Colombiana de Universidades (Ascun), un (1) Director de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, un (1) Director de los Institutos de Investigación Científica del Sina, y un (1) Director de las Unidades Ambientales de los Grandes Centros Urbanos o sus respectivos suplentes, estos tres (3) últimos directores o suplentes elegidos entre cada una de esas clases de entidades que componen el Sina.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1602 de 1996