JurídicoESEN

Article 41

Ley 119 de 1994 · Por la cual se reestructura el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, se deroga el Decreto 2149 de 1992 y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El Director General del SENA procederá a incorporar en los cargos de la nueva planta de personal, dentro de los seis (6) meses siguientes a su adopción, a las personas que actualmente laboran en la entidad, que de acuerdo con el estudio previsto en el Artículo 38, cumplan con las capacidades y conocimientos exigidos.

No obstante, dentro del mismo término, el Consejo Directivo Nacional establecerá y reglamentará los casos y circunstancias en que los actuales funcionarios del SENA deban ser incorporados a la planta aunque no cumplan la totalidad de los requisitos exigidos para los nuevos cargos, sin detrimento de sus actuales condiciones laborales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 119 de 1994