Articulo 29. Los contratos, distintos de los de empréstito, que celebre la caja con entidades públicas nacionales, departamentales o municipales no están sujetos a las formalidades o requisitos distintos de los que la ley exige para la contratación entre particulares. En consecuencia, están exentas de las normas sobre licitación, garantías, clausulas especiales y demás previstas en las disposiciones vigentes. Siempre deberá ordenarse su publicación en el Diario Oficial En estos contratos se pactara su sujeción a las apropiaciones presupuestales y deberán en los términos de las disposiciones legales vigentes, someterse a la aprobación y registro presupuestal.
Decreto 528 de 1977 →In force
Article 29
Los Contratos, Distintos De Los De Empréstito, Que Celebre La Caja Con Entidades Públicas Nacionales, Departamentales O Municipales No Están Sujetos A Las Formalidades O Requisitos Distintos De Los Que La Ley Exige Para La Contratación Entre Particulares
Decreto 528 de 1977 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares
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01
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02
Constitutional history
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