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Article 2.4.1.2.8.3

Medidas De Seguridad Preventivas

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Medidas de Seguridad Preventivas. Antes de iniciar la maniobra el Piloto Práctico en compañía del Capitán del buque deben confirmar lo siguiente:

1.

Que toda la maquinaria y equipos de maniobra están en buenas condiciones de operación.

2.

Que la sala de máquinas esté tripulada y operada manualmente durante el tiempo que dure la maniobra de practicaje, dependiendo el tipo de buque.

3.

Confirmación del calado máximo, asiento, eslora total, manga máxima, peso muerto y arqueo Bruto.

4.

Disponibilidad permanente de una Guardia de Anclas capacitada para maniobrar las anclas en cualquier momento durante toda la maniobra de practicaje.

5.

Que la velocidad sobre tierra (SOG) es la necesaria para una prudente y segura navegación y gobierno del buque, durante toda la maniobra de practicaje.

(Decreto 1466 de 2004 artículo 31)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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