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Article 8

Árbitros Ejecutores

Ley 2540 de 2025 · por medio de la cual se introduce la modalidad de arbitraje para procesos ejecutivos, con el objetivo de contribuir a la descongestión del sistema judicial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El proceso arbitral ejecutivo será sometido al conocimiento y decisión de un solo árbitro, cualquiera que sea su cuantía. No obstante, en procesos de mayor cuantía, las partes podrán determinar conjuntamente el número de árbitros, que siempre será impar. Los árbitros ejecutores para procesos de mínima y menor cuantía deberán cumplir, como mínimo, los mismos requisitos exigidos para ser Juez Municipal, sin perjuicio de las calidades adicionales exigidas por los reglamentos de los centros.

Los árbitros ejecutores en procesos de mayor cuantía deberán cumplir, como mínimo, los mismos requisitos exigidos para ser Juez del Circuito, sin perjuicio de las calidades adicionales exigidas por los reglamentos de los centros.

Los centros de arbitraje deberán contar con listas de árbitros ejecutores. Mientras las conforman, podrán utilizar las listas de árbitros existentes en el respectivo centro de arbitraje.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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