º Apruébase El Acuerdo Número 19 De 1994 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: Acuerdo Numero 19 De 1994 (Octubre 5) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Con Base En El Decreto Numero 2078 De 1940 Y En Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron, El 22 De Diciembre De 1988, Un Contrato De Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café Y Prestación De Servicios; B) Que Es Necesario Revisar Las Apropiaciones Aforadas En El Presupuesto Del Fondo Nacional Del Café Para La Vigencia Del Año 1994, A Fin De Actualizarlo; C) Que El Proyecto De Actualización Fue Estudiado Y Aprobado Por La Comisión Especial Designada Para Tal Fin, En Reuniones Efectuadas Los Días 21 Y 27 De Septiembre De 1994; D) Que Según La Cláusula Decimoquinta Del Contrato De Diciembre 22 De 1988, El Comité Nacional De Cafeteros Es La Única Corporación Con Facultad Para Asignar Los Recursos Del Fondo Nacional Del Café; E)que El Comité Nacional, Con El Voto Expreso Y Favorable Del Señor Ministro De Hacienda Y Crédito Público, Acogió En Su Totalidad El Informe Presentado Por La Citada Comisión De Presupuesto, Mediante Acta Número 8/94, Acuerda:
Decreto 2362 de 1994 · por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
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ARTICULO 1 º Apruébase el Acuerdo número 19 de 1994 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente: ACUERDO NUMERO 19 DE 1994 (octubre 5) El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y CONSIDERANDO
a)
Que con base en el Decreto numero 2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la Federación celebraron, el 22 de diciembre de 1988, un Contrato de administración y manejo del Fondo Nacional del Café y Prestación de Servicios;
b)
Que es necesario revisar las apropiaciones aforadas en el Presupuesto del Fondo Nacional del Café para la vigencia del año 1994, a fin de actualizarlo;
c)
Que el proyecto de Actualización fue estudiado y aprobado por la Comisión Especial designada para tal fin, en reuniones efectuadas los días 21 y 27 de septiembre de 1994;
d)
Que según la cláusula decimoquinta del Contrato de diciembre 22 de 1988, el Comité Nacional de Cafeteros es la única Corporación con facultad para asignar los recursos del Fondo Nacional del Café; e)Que el Comité Nacional, con el voto expreso y favorable del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, acogió en su totalidad el informe presentado por la citada Comisión de Presupuesto, mediante Acta número 8/94, ACUERDA:
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Constitutional history
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