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Article 2.2.2.1.42

Centros De Almacenamiento

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Centros de almacenamiento. Con el objeto de custodiar los cadáveres no identificados o identificados no reclamados en reducción esquelética provenientes de exhumaciones realizadas en cementerios o fosas clandestinas, la alcaldía del municipio o distrito donde se realizó la exhumación del cadáver dispondrá, en el marco de su autonomía, de centros de almacenamiento al interior de los cementerios públicos municipales o distritales.

Para este propósito, la respectiva alcaldía podrá adelantar las acciones pertinentes, con las administraciones de cementerios de naturaleza privada, conforme a las normas vigentes de contratación pública.

La construcción, mantenimiento y administración de estos centros se realizará con sujeción a la normatividad vigente y las disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, en el marco de su competencia.

(Decreto 303 de 2015, artículo 42)

02

Constitutional history

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