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Article 25

Calificación De Las Faltas

Decreto 2480 de 1986 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto extraordinario 2277 de 1979

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01

Text of the article

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Calificación de las faltas. Las faltas disciplinarias y las de mala conducta, se califican como graves o leves en atención a su naturaleza y efectos, a las modalidades y circunstancias del hecho, a los motivos determinantes y a los antecedentes personales del infractor, teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes criterios

a)

La naturaleza de la falta y sus efectos se apreciarán según haya causado perjuicio;

b)

Las modalidades o circunstancias del hecho se apreciarán de acuerdo con el grado de participación en la comisión de la falta, y la existencia de circunstancias agravantes y atenuantes o existentes;

c)

Los motivos determinantes se apreciarán según se haya procedido por causas innobles o fútiles y por nobles o altruistas;

d)

Los antecedentes del infractor se apreciarán por sus condiciones personales y por la categoría y funciones del cargo que desempeña.

02

Constitutional history

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